martes, 28 de marzo de 2017

CVPBA| Ejercicio ilegal de la profesión

Al Veterinario lo que es del Veterinario

Los casos de ejercicio ilegal se encuentran en todas profesiones siendo más frecuente de lo que parece. Dentro de este universo se hallan los falsos médicos veterinarios. La toma de conciencia de la sociedad, la prevención, el control y la ética profesional son los requisitos necesarios para abordar esta problemática.

En comunicados previos, el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires ha expresado a las autoridades provinciales la necesidad imperiosa de atender a la problemática actual de la profesión en lo referente a su responsabilidad social, limitando el accionar de entidades no veterinarias sobre decisiones exclusivamente médicas y en ámbitos no habilitados para tal fin. En esta oportunidad, la institución aborda la problemática del ejercicio ilegal de la profesión.

El ejercicio ilegal se comete al fingir o al ejercer actos propios de la profesión a cualquier persona que no acredite el título de Médico Veterinario. Detrás de esta situación ilegal, hay distintos aspectos que se ponen en juego, como el maltrato animal, el riesgo de zoonosis, el delito de estafa e incluso el mal uso y la venta ilegal de zooterápicos en lugares no habilitados. Es decir, evitar el ejercicio ilegal de la medicina veterinaria es fundamental para preservar no solo la salud de los animales sino también el de la salud pública.

El Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires impulsó, como una de las formas de abordar esta problemática, la modificación del artículo N° 247 del Código Penal. Por medio de la Ley 24.527 sobre incumbencias profesionales -promulgada en 1995 por el Congreso de la Nación- el texto del dicho artículo fue sustituido, estableciendo que “será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el titulo o la autorización correspondiente.


Será reprimido con multa de setecientos cincuenta a doce mil quinientos cincuenta pesos, el que públicamente llevare insignias o distintivos de un cargo que no ejerciere o se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren.” (Decreto Promulgatorio M.J. Nº 423/95).- CAD. Ante estas situaciones, el Colegio, a partir de los controles que realiza, puede actuar únicamente como denunciante ante la justicia.

Toda persona con un título universitario válido tiene derecho al ejercicio profesional, pero en términos jurídicos, existen una serie de límites , obligaciones legales y éticas que el profesional debe observar y cumplir. Los profesionales, al matricularse, se comprometen y ajustan a las normas éticas que su práctica e incumbencias exigen, por lo que los falsos veterinarios no pueden cumplir con estos requisitos, ya que carecen de título profesional que lo habilite.

El Colegio de Veterinarios trabaja constantemente, y con plena convicción, en la revalorización del rol de los profesionales veterinarios, entendiéndolos como un actor más, que garantiza la salud pública. El médico veterinario cumple un papel de vital importancia en la comunidad, en el mejoramiento del nivel de vida del hombre, en la prevención de enfermedades y en la promoción de la salud. Cada vez existe una mayor relación entre los seres humanos, los animales y el ambiente aumentando los riesgos sanitarios.

La prevención debe ser el principal camino. Cada Médico Veterinario debe educar a su comunidad sobre este problema y denunciar cualquier irregularidad o situación sospechosa. Se vuelve necesario implementar programas de tenencia responsable en los que no solo se busque concientizar a los dueños respecto a la salud y bienestar de sus animales, sino que también puedan identificar y verificar cuando sus mascotas son atendidas por personas que no posean título universitario.

Es fundamental llevar a las mascotas a veterinarias que cuenten con la habilitación del Ministerio de Agroindustria, la cual debe estar exhibida para identificar al profesional a cargo, según lo exige la ley provincial 10526. Debe ser parte de la responsabilidad de los dueños de las mascotas concurrir a lugares habilitados con médicos profesionales cuyas prácticas y firmas tengan validez.

EN CASO DE PRESENTARSE CUALQUIER IRREGULARIDAD O SITUACIÓN SOSPECHOSA AL REALIZAR UNA CONSULTA AL VETERINARIO , TODA PERSONA PUEDE DIRIGIRSE A LOS DISTRITOS DEL COLEGIO DE VETERINARIOS DE LA PROVINCIA Y RECABAR LOS DATOS DEL ESTABLECIMIENTO, COMO TAMBIEN DEL PROFESIONAL RESPONSABLE DEL MISMO. COMPROBADO EL ILICITO Y CON LAS PRUEBAS NECESARIAS, LA INSTITUCIÓN PUEDE PRESENTAR LA DENUNCIA PENAL ANTE LA JUSTICIA. 

 
                                     


Prensa - Colegio de Veterinarios de la Pcia. de Bs. As.
47 Nº 386 - La Plata (1900)
Buenos Aires - Argentina
Email : prensa@cvpba.org
Web : http://www.cvpba.org/
@CVPBAoficial

No hay comentarios:

Publicar un comentario